De los creadores de 5 cosas que debes saber antes de alquilar la casa de tus sueños, llega: Mis derechos como arrendador en un alquiler.

Tal y como comentamos en el artículo anterior en el que nos pusimos en la piel del inquilino, todos los derechos que encontrarás en este artículo también se encuentran recogidos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que sufrió su reforma más importante con la Ley 4/2013 de 4 de junio.

Esta vez nos pondremos en la piel del casero, ¿qué derechos debes tener en cuenta si quieres alquilar tu inmueble? ¡Sigue leyendo si quieres ser arrendador!

 

arrendador

Lo primero es lo primero: la fianza como arrendador

Sea como sea el contrato de alquiler, es necesaria una fianza en todos los casos para que este se formalice adecuadamente. La pregunta es ¿dónde debe depositar la fianza el arrendatario? Te sorprenderá saber que no nos referimos a tu cuenta como arrendador, sino a un organismo oficial que las debe custodiar en todo momento – si tienes dudas siempre puedes contactar con nuestro equipo, estamos a tu disposición.

Otro de los elementos a tener en cuenta es la cantidad, que equivale a un mes de alquiler si el uso del inmueble es vivienda, y hablamos de dos meses si se utiliza para otros fines, como el alquiler de un local para abrir un negocio.

¿Y si el inquilino se va antes de lo acordado en el contrato, causa algún daño en la vivienda o no paga su último mes de estancia? Como habrás notado… Acabamos de enumerar los 3 casos en los que no tendrás que devolver la fianza como es lógico.

Debes recibir tu renta mes a mes como arrendador

Te tranquilizará saber que la principal obligación de cualquier arrendatario es pagar la renta prevista en cumplimiento del contrato bajo los términos de este al arrendador. No solo importa percibir la renta en términos legales, sino que esta se haga de la forma acordada y en los plazos determinados.

Si lo anterior no se lleva a cabo correctamente, como casero puedes denunciar al arrendatario por incumplimientos, ejerciendo así las acciones que se hayan especificado en el contrato frente a este tipo de situación.

Por otro lado, si el alquiler está inscrito en el Registro de la Propiedad, el arrendamiento podrá rescindirse, aunque debes saber que para que esto suceda tendrás solicitar un requerimiento judicial o notarial en el que se exija el pago al arrendatario y, en caso de no tener respuesta en los siguientes 10 días hábiles, el alquiler se rescindirá y el inquilino tendrá la obligación de abandonar el inmueble.

¿Quién se encarga de los gastos?

Es lógico que quien consume la luz, el agua y el gas sea la persona que corra a cargo de estos gastos, de hecho, lo normal sería que el inquilino domicilie este tipo de pagos para asegurar una situación cómoda a ambas partes.

Sin embargo, si este punto no está determinado en el acuerdo, te podría tocar pagar ese consumo como propietario y arrendador. Por ello, debes asegurarte de que la persona encargada de hacer frente a estos gastos se determine en el contrato firmado por ambas partes.

Necesito recuperar mi casa, ¿es posible?

Como arrendador podrás recuperar tu casa si se cumplen todas estas condiciones: que el alquiler tenga un año de antigüedad mínimo, que avises al inquilino dos meses de antelación y, por supuesto, que sea bajo una razón muy justificada como que el propietario o algún familiar de primer grado necesite VIVIR en ese inmueble. ¿Te suena verdad? Te hicimos un pequeño adelanto la semana pasada.

Ya tienes todas las claves para no perder detalle como casero y, en el anterior artículo del blog, como inquilino. ¿Quieres conocer más acerca de tus derechos? No dudes en ponerte en contacto a través de la página web o llamando por teléfono al número 910 58 99 65.